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martes, 8 de marzo de 2011

Interior cobrará el rescate en escalada, esquí, surf o submarinismo, en caso de no estar federado [Euskadi]

La escalada, el esquí, el submarinismo o el surf son algunos de los deportes por los que el Departamento de Interior cobrará los rescates, en caso de no estar federado, mientras que en otros, como el montañismo, su pago dependerá de factores como el riesgo que en cada momento pueda suponer su práctica.
El proyecto también considera actividad de riesgo el descenso de cañones y barrancos, las motos de nieve, parapente, ala delta, motocross, el puenting y el turismo ecuestre.

El Gobierno Vasco ha aprobado hoy el proyecto de ley de Modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos, en el que se recogen tres nuevas tasas, una de ellas por rastreo, rescate o salvamento en actividades recreativas y deportivas que entrañan riesgo o peligrosidad para las personas.

El Departamento de Interior ya había anunciado su intención de cobrar rescates, rastreos o salvamentos a partir de julio y en esta normativa se acotan tanto su precio como las actividades que se ven afectadas.

Así, el proyecto, que ha sido explicado por el consejero de Economía, Carlos Aguirre, tras la reunión del Consejo de Gobierno Vasco, considera actividad de riesgo, entre otras, la escalada, el esquí, el submarinismo, el descenso de cañones y barrancos, las motos de nieve, parapente, ala delta, motocross, el puenting o el turismo ecuestre.

Queda fuera con carácter general el montañismo, aunque, como en otro tipo de deportes, sí que podría cobrarse el rescate si se practica en zonas señaladas como peligrosas o de acceso restringido o prohibido, así como cuando se lleva a cabo en situación de avisos por alerta naranja o roja por riesgo meteorológico.

En cuanto a las cuotas a pagar, los medios humanos movilizados tendrán un precio de 37,74 euros a la hora, cada vehículo de 76,50 euros a la hora, cada embarcación entre 459 y 2.244 euros a la hora, y cada helicóptero de 2.244 euros a la hora.

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